El proceso electrónico nunca será una realidad?

En Sun, 14 de marzo de 2010, en el e-gobierno , leyes antiguas y nuevas , Notificaciones , por Ernesto Belisario

En Nova24 del Jueves, 03 de marzo 2010 se publicó un interesante estudio de Alessandro Longo sobre el estado del proceso de la técnica computarizada en nuestro país de la que emerge, con datos y consejos (entre ellos el de la escritora), el fracaso de las políticas lleva a cabo aquí.

Proceso electrónico se ha discutido por años en reuniones, conferencias de prensa, y, incluso - en las medidas reglamentarias (. Reglamento de Primera Instancia Civil Electrónica fue emitida por el Decreto Presidencial n 123 de distancia 13 de febrero 2001), pero, a pesar de los anuncios rimbombantes (y una importante inversión), nuestro sistema está la justicia todavía firmemente ligada a la de papel.
Como sucede a menudo en Italia el problema no es hacer leyes, sino que las imponen, por no mencionar el hecho de que la falta grave de mecanismos para supervisar la eficacia de las políticas.
Demasiado grande, tal vez, la brecha entre la realidad de la "anarquía organizada" de las oficinas y unos objetivos de justicia fabulosos desmaterializado. Con la consecuencia obvia de que, en vista de la rápida evolución de las tecnologías, las normas se vuelven obsoletos sin realmente se ha aplicado.
En todo el país, por lo tanto, el proceso electrónico es una quimera. Discurso que se merece por el Tribunal de Milán, donde hace algún tiempo se han convertido en parte de las notificaciones telemáticas y en algunos casos (en particular las de orden), como el resultado de estos experimentos puede ser positivo en 2010 como una muestra de sedimento y los proyectos piloto ciertamente no puede ser suficiente.
En este momento lo único que realmente funciona es el cd PolisWeb es decir, un sistema que permite al abogado para consultar, después de la autenticación, el estado de los procedimientos en los que es parte en todos los tribunales, Cortes de Apelaciones y el Tribunal de Casación.
Conveniente, sí, pero - por ahora - no es todavía el archivo electrónico o puede informar a las acciones y medidas por correo electrónico (o certificado o simple).
Las cosas deben cambiar después de la promulgación del Decreto Ley no. 193/2009 (que se llevó a cabo con la Ley n. 24/2010 ), pero, como la historia reciente nos ha enseñado, el riesgo es que, una vez más, la innovación sigue siendo sobre el papel.

Y de todos modos, incluso si se han aplicado plenamente las reglas de 2001 no permitiría aprovechar al máximo la tecnología de 2010. Sería deseable, por tanto, restablecer todas las cosas y pensar en un proceso totalmente digital.

Hace diez años la idea de que el proceso digital era probablemente ridículo. Ahora bien, si las nuevas reformas será realmente operativo, todos los actos serán notificados y se fija mediante el uso de un navegador y el correo electrónico (con certificado). Y luego, las reformas al Código de Procedimiento Civil ya han introducido la posibilidad de utilizar el testimonio escrito , por qué no hacer posible que los abogados y de texto a comparecer ante el juez en el modo digital (como la videoconferencia a través de Skype)?

La idea no es del todo absurdo y permitiría un ahorro significativo de costes. Los abogados no tendrían que viajar hacia y desde los tribunales, ahorrando tiempo y dinero (y esto también ahorrar a los clientes) y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. Los jueces podrán celebrar audiencias en sus oficinas, con la obvia reducción en los gastos de administración (personal, seguridad, facturación), el ahorro de costes que el sistema podría llevar a una reducción de la contribución unificada (la tasa que paga por la ciudad la justicia) y, por tanto, lo que permite a más personas el acceso al sistema judicial.

Me doy cuenta de que esto daría lugar a un replanteamiento del modelo de negocio completo (y los abogados) y se plantean algunos problemas. Uno debe, por ejemplo, todavía piensan que las herramientas para garantizar la publicidad de la audiencia (por ejemplo, la creación de salas reales y virtuales, donde los interesados ​​pueden elegir asistir a la audiencia que ellos quieren), por no mencionar el hecho de que, por un abogado, hablar delante de una cámara web no es lo mismo que hablar en un salón de clases donde hay juez de instrucción, y sus contrapartes públicas. Los beneficios que se plantean son evidentes y por ello es que vale la pena para hacer frente a los problemas, creo que es hora de empezar a cambiar.

¿Qué te parece le pido demasiado? Los coches voladores llegará antes de que el proceso digital?

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